Ocultación de género del paradero del hijo a su padre
ANA MARÍA PÉREZ DEL CAMPO, Directora del Centro de Atención, Recuperación y Reinserción de Mujeres Maltratadas (CARRMM),
CERTIFICA
Que doña VM , mayor de edad, ingresó en este Centro por reunir los requisitos del perfil establecido en el Programa de malos tratos, en compañía de su hi jo DM , de 15 meses de edad, el día 5 de abril de 2005; desde entonces continúa residiendo y desarrollando el Programa de recuperación para mujeres y niños/as víctimas de malostratos. -- a pesar de las 7 absoluciones con las que cuenta el padre y ninguna condena.
Que el CARRMM, dentro de las normas establecidas en su Programa Marco y las cinco áreas de intervención, a través de sus respectivos programas sectoriales, viene obligado a realizar una profunda y exhaustiva evaluación a las demandantes de ingreso, aunque éste se haya efectuado por servicios sociales, centros asesores u otras instituciones. La finalidad de la evaluación es entre otras cuestiones, la verificación técnica de que la aspirante al ingreso ha sufrido violencia de género en sus relaciones de pareja.
Que como norma de este Centro y medida de seguridad, por el alto riesgo en el que se encuentran, tan to las mujeres como los hijos/as de estas acogidos/as como víctimas de la violencia , no puede facilitarse el domicilio del mismo.( -- ¿secuestro?)
Que en éste y en cualquiera de los otros casos de residentes , a efectos de notificación y recepción de correspondencia, se señala el domicilio de las oficinas , sito en la calle Santa Engracia nº 128 - Bajo B. 28003 Madrid.
Y, para que conste, lo firmo en Madrid a 26 de septiembre de 2005.

Fdo .: Ana M a Pérez del Campo Directora
Santa Engrac ia, 128 B° B - 28003 Madrid- Te /. 91 441 85 55 / Fax 91 399 40 84
Última actualización: 05.03.2007