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Un "error" judicial priva a un padre de
ver a su hija 4 años El Estado indemnizará al hombre, que asegura que la pequeña le trata como a un desconocido F. Velasco
Madrid- Llevaba más de cuatro años sin ver a su hija por
incumplimiento por parte de la madre del régimen de visitas
y porque la Administración de Justicia paralizó de forma
«absoluta e injustificada» las actuaciones durante casi
tres años. Fue entonces cuando Juan Ramón Hilario Martínez
decidió reclamar una indemnización por funcionamiento anormal
de la Administración de Justicia. El Consejo General del
Poder Judicial ha respaldado sus argumentos, por lo que
el Ministerio de Justicia deberá fijar la correspondiente
cantidad.
Los años anteriores tampoco pudo tener contacto con la menor, hasta que a mediados de 2005, y tras múltiples vicisitudes judiciales, pudo, por fin, encontrarse con su hija, con psicólogos y asistentes sociales. Fue en un piso de acogida, durante 3 horas cada quince días. Pero era ya un desconocido para ella. La niña «no abría la boca, ni siquiera me dio un beso». En septiembre fue la última vez que estuvo con ella. Afirma que renunció a continuar en ese régimen por el bien de la niña, porque cada vez que iba «sufría muchísimo, porque iba con muchísima presión». El diagnóstico lo tiene claro: «si la Justicia hubiese puesto mano por delante», hubiese actuado correctamente, no se habría llegado a esta situación, porque habría podido verla, como cualquier padre». «La madre tiene la culpa en un 50 por ciento, pero la Justicia en el otro 50», dice. El origen de estos hechos se remonta a enero de 1999, cuando un juzgado de Gijón otorgó a María Victoria C. C. la custodia, ostentando ambos progenitores la patria potestad conjunta y estableciéndose un régimen de visitas a favor del padre. Sin embargo, y según relata Juan Ramón en su reclamación, la madre «no cumplió nunca con el régimen de visitas». Ante esa circunstancia, en 2000 presentó una demanda solicitando la ejecución del convenio regulador del régimen de visitas, estancia y comunicación aprobado. Trámites judiciales. Tras diversos trámites, en mayo de 2001, se requiere judicialmente a María Victoria C. C. para que cumpliera el régimen de visitas. Sin embargo, hizo caso omiso. Por ello, en septiembre de ese año acudió, otra vez, al juzgado para garantizar el cumplimiento de dicho régimen. El juzgado volvió a requerir a la madre y, además, se le advirtió que, en caso de incumplimiento, sería sancionada con una multa mensual. Desde finales de 2001 a 2004 se presentaron nuevos escritos por las partes, pero no fueron resueltos. Pero, y a pesar de esa situación, la madre reclamó, en enero de 2004, las cantidades que el padre adeudaba en concepto de pensión alimenticia. En julio de 2004, el juzgado acordó unir a las actuaciones los escritos presentados desde septiembre de 2001. Por ello, ha presentado una reclamación por funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, al entender que, en parte, es responsable de la situación que sufre. |
La justicia es lenta, ineficaz, arbitraria,
incoherente, discriminatoria con los acusados,
abusiva, en el uso de la prisión preventiva y depositaria de un poder
excesivo.
Demoscopia 1995. El País