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EL MUNDO, SABADO 17 DE MARZO DE 2007
ESPAÑA

 

CAROL ÁLVAREZ

BARCELONA.- Hasta tres sentencias han condenado a Pilar por incumplir el régimen de visitas que un juez acordó en el marco de su separación y en beneficio de su hijo. El agraviado, el padre del me­nor, ahora de cinco años, se vio obligado a, recurrir a la justicia ante los continuos desplantes de su ex mujer, que desafió una y otra vez la autoridad.

La última condena, que la misma Pilar aceptó de conformidad al reconocer los hechos, le fia comportado una multa económica, pero su reiteración delictiva podría llevarla a ingresar en prjsión para hacer efectivo el cumplimiento de la primera sentencia, que supuso siete meses de cárcel, según fuentes jurídicas.                   

Condenada a prisión por vetar a su ex marido las visitas a su hija

La mujer incumplió en numerosas ocasiones las medidas judiciales y podría ingresar en la cárcel por su evidente reiteración delictiva

En esta coyuntura, la madre «debe velar para que esto sea así».

Y no fue así. El pasado 9 de ene­ro, Pilar volvía al banco de los acusados porque en octubre se saltó dos días el régimen de visitas; en noviembre, otros dos días y el 2 de diciembre de 2005, nuevamente.

Tampoco acudió a su cita en el punto de encuentro de la Generali- tat el 27 de noviembre de 2005. Y, habiendo frustrado las vacaciones veraniegas de su ex marido con la niña, no tuvo reparos en desoir el mandato judicial y oponerse a la entrega de la pequeña del 21 al 26 de diciembre y del 5 al 8 de enero de 2006. El juez, en esta ocasión, le impuso una multa de 2.160 euros por desobediencia una vez admitió los hechos.

La historia de la desobediencia de Pilar se remonta en el tiempo. Separada en 2003 y madre de una niña, el juzgado resolvió que el pa­dre elegiría en los años impares las fechas en que disfrutaría de la. compañía de la pequeña, mientras que en los años pares, la madre tendría preferencia.

Así, con la debida antelación, el ex marido de Pilar pidió llevarse a la menor entre los días 15 y 31 de julio y 15 y 31 de agosto de 2005, a lo que la procesada se negó, alegando que la compañía del padre le causaba, «ansiedad».

Posición de rebeldía

Tras la denuncia de Daniel Gabarre, el abogado del perjudicado, el juzgado penal 13 de Barcelona condenó a la.propesada a siete me­ses de prisión por un delito de desobediencia, al considerar demostrada su «voluntad persistente y reiterada» por incumplir el régi­men de visitas, adoptando «una posición de rebeldía que supone una maliciosa intención de desconocer el mandato, en ofensa y menosprecio de la autoridad».

Recuerda la sentencia que la acusada fue personal y directamente requerida por el juez y aún así no cumplió la orden de entrega de la menor al padre en julio.

La sentencia, que fue apelada ante la Audiencia, fue ratificada por la sección séptima en diciembre pasado. Según la Audiencia, la menor, que tiene cinco años, «no puede decidir si quiere o no estar con su padre, y se considera beneficios para ella que lo esté y man­tenga una relación con los dos progenitores».

 

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EL MUNDO, SABADO 17 DE MARZO DE 2007
ESPAÑA

 

CAROL ÁLVAREZ

BARCELONA.- Hasta tres sentencias han condenado a Pilar por incumplir el régimen de visitas que un juez acordó en el marco de su separación y en beneficio de su hijo. El agraviado, el padre del me­nor, ahora de cinco años, se vio obligado a, recurrir a la justicia ante los continuos desplantes de su ex mujer, que desafió una y otra vez la autoridad.

La última condena, que la misma Pilar aceptó de conformidad al reconocer los hechos, le fia comportado una multa económica, pero su reiteración delictiva podría llevarla a ingresar en prjsión para hacer efectivo el cumplimiento de la primera sentencia, que supuso siete meses de cárcel, según fuentes jurídicas.                   

Condenada a prisión por vetar a su ex marido las visitas a su hija

La mujer incumplió en numerosas ocasiones las medidas judiciales y podría ingresar en la cárcel por su evidente reiteración delictiva

En esta coyuntura, la madre «debe velar para que esto sea así».

Y no fue así. El pasado 9 de ene­ro, Pilar volvía al banco de los acusados porque en octubre se saltó dos días el régimen de visitas; en noviembre, otros dos días y el 2 de diciembre de 2005, nuevamente.

Tampoco acudió a su cita en el punto de encuentro de la Generali- tat el 27 de noviembre de 2005. Y, habiendo frustrado las vacaciones veraniegas de su ex marido con la niña, no tuvo reparos en desoir el mandato judicial y oponerse a la entrega de la pequeña del 21 al 26 de diciembre y del 5 al 8 de enero de 2006. El juez, en esta ocasión, le impuso una multa de 2.160 euros por desobediencia una vez admitió los hechos.

La historia de la desobediencia de Pilar se remonta en el tiempo. Separada en 2003 y madre de una niña, el juzgado resolvió que el pa­dre elegiría en los años impares las fechas en que disfrutaría de la. compañía de la pequeña, mientras que en los años pares, la madre tendría preferencia.

Así, con la debida antelación, el ex marido de Pilar pidió llevarse a la menor entre los días 15 y 31 de julio y 15 y 31 de agosto de 2005, a lo que la procesada se negó, alegando que la compañía del padre le causaba, «ansiedad».

Posición de rebeldía

Tras la denuncia de Daniel Gabarre, el abogado del perjudicado, el juzgado penal 13 de Barcelona condenó a la.propesada a siete me­ses de prisión por un delito de desobediencia, al considerar demostrada su «voluntad persistente y reiterada» por incumplir el régi­men de visitas, adoptando «una posición de rebeldía que supone una maliciosa intención de desconocer el mandato, en ofensa y menosprecio de la autoridad».

Recuerda la sentencia que la acusada fue personal y directamente requerida por el juez y aún así no cumplió la orden de entrega de la menor al padre en julio.

La sentencia, que fue apelada ante la Audiencia, fue ratificada por la sección séptima en diciembre pasado. Según la Audiencia, la menor, que tiene cinco años, «no puede decidir si quiere o no estar con su padre, y se considera beneficios para ella que lo esté y man­tenga una relación con los dos progenitores».

 

La justicia es lenta, ineficaz, arbitraria, incoherente, discriminatoria con los acusados,
abusiva, en el uso de la prisión preventiva y depositaria de un poder excesivo.
Demoscopia 1995. El País