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Mara Emilia Casas, presidenta del Constitucional

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TEXTO DE REFERENCIA: Investigacin a la presidenta del Constitucional CONVERSACIN DE LA PRESIDENTA DEL CONSTITUCIONAL Y LA ABOGADA PROCESADA POR ASESINATO

Casas: "Si alguna vez recurre en amparo, pues ya me vuelve a llamar"

FRANCISCO MERCADO - Madrid - 04/06/2008

La conversacin grabada el 17 de abril de 2007 entre la presidenta del Tribunal Constitucional, Mara Emilia Casas, y la abogada Mara Dolores Martn Pozo, presunta inductora de la muerte, un mes antes, de su ex marido, se ha visto envuelta en una polmica.

La conversacin grabada el 17 de abril de 2007 entre la presidenta del Tribunal Constitucional, Mara Emilia Casas, y la abogada Mara Dolores Martn Pozo, presunta inductora de la muerte, un mes antes, de su ex marido, se ha visto envuelta en una polmica. Los detractores de Casas, sin conocer el contenido, que hoy publica EL PAS, aseguraban que haba incurrido en un asesoramiento irregular de una causa que podra acabar juzgando. Por contra, fuentes jurdicas relacionadas con este caso, actualmente en el Tribunal Supremo, estiman que difcilmente puede hallarse indicio de conducta sancionable por el Cdigo Penal. Antes de la conversacin, Casas no haba hablado con Dolores Martn ni la conoca de nada. La llama como consecuencia de la intermediacin de una amiga de Casas, que le habla de un caso de malos tratos y le suministra la documentacin, que ella estudia. La abogada tena el telfono intervenido por orden judicial. Los miembros del Constitucional no pueden ser sancionados por el Poder Judicial. Para que la conducta de Casas fuera punible debera haber vulnerado el Cdigo Penal. As, al margen de las valoraciones de los partidos polticos, o su conducta es delito o no es nada (sancionable penalmente).

La transcripcin de la conversacin que mantuvo en la noche del 17 de abril de 2007 la presidenta del Tribunal Constitucional, Mara Emilia Casas, con la abogada Mara Dolores Martn Pozo est siendo analizada por el Tribunal Supremo. El fiscal ha pedido el archivo del caso, remitido por la juez de Valdemoro (Madrid) que investigaba el asesinato del ex marido de la abogada, ocurrido en marzo de 2007. Martn est actualmente en prisin preventiva como presunta inductora del crimen. Fue detenida el pasado 20 de mayo, ms de un ao despus de hablar por telfono con Casas. La conversacin, grabada por la Guardia Civil con orden judicial, dur 15 minutos. Lo que sigue, es un amplio resumen de la misma:

Mara Dolores. S, dgame.

Emilia Casas. Mara Dolores Martn?

M. D. S.

E. C. Mire, buenas tardes, soy Emilia Casas, presidenta del Tribunal Constitucional, que me mand unos papeles de usted [una persona a la que conoca].

M. D. S.

E. C. Se sita, no?

M. D. S, s, me acuerdo.

E. C. Bueno, pues yo he tardado en responderla porque lgicamente he tenido que lermelos con detenimiento y luego he hecho alguna averiguacin, no a efectos de motivarla (...), pues bueno, no s si ya le ha pasado el tiempo para ir en recurso de amparo frente a estas decisiones judiciales, pero siempre podr provocar usted, su abogado lo sabe, alguna nueva actuacin judicial que le permita llegar al Tribunal Constitucional en amparo, no.

M. D. Aj.

E. C. El ltimo auto de la apelacin me parece que es no del juicio de faltas del que es ponente Carmena, pues claro, ella aplica ah la doctrina del Tribunal Constitucional de que una vez que a su marido, su ex marido, le han declarado no culpable de la primera instancia, sin la prctica de pruebas y sin mediacin ya no lo poda hacer en la segunda instancia, bueno, esto es un entendimiento no exactamente ortodoxo aunque cabe no, porque realmente ella poda haber, o usted misma, solicitado la vista y con celebracin de nuevas eh... de reproduccin de las prcticas de la prueba para efectos de producir respecto de una absolucin una condena en segunda instancia, no, pero bueno, esto est como est y la decisin de la magistrada, en el recurso, es del da 23 de diciembre de 2002, con lo cual, claro, esto lleva tiempo a efectos de que... interponer el recurso de amparo, bueno yo... lamento muchsimo la situacin en la que se encuentra, jurdicamente es difcil... eh... cmo aconsejarla de la mejor manera, eh..., hay unas diligencias previas... las ltimas, veo que son del ao cuatro, pero que stas se inician como consecuencia de querella contra usted, no?

M. D. S.

E. C. Que interpone su ex marido.

M. D. S, eso es lo nico que hay abierto porque el tema de las diligencias previas de las ltimas de Torrevieja de... que puso la doctora de Torrevieja.....

E. C. Eso lo he visto.

M. D. S, todo eso, el recurso de amparo, eh... yo no he querido continuar, y le explico por qu, porque mi ex marido ha fallecido lamentablemente, en unas circunstancias un tanto extraas entonces, el plazo venca y yo pues... la nica va que me quedaba era el recurso de amparo en el... [TC]. l falleci, a m me comunican la sentencia de divorcio, que es como para tirarse de los pelos, a m me acusan de maltratar a mi hija psicolgicamente, que vulnero sus derechos, me quitan la guarda y custodia de mi hija en la sentencia de divorcio, est abierta la va de amparo tambin por la va civil, porque el gabinete psicosocial est adscrito al juzgado, yo tena un embarazo de riesgo y no acuda por motivo del embarazo y por los mdicos, me decan que no poda perder a la criatura y que no, que me esperara, todo se comunicaba en el juzgado, pero como que al juzgado le daba exactamente lo mismo.

E. C. Ya!

M. D. Entonces, emit un informe con las manifestaciones realizadas por mi ex marido.

E. C. S.

M. D. Y claro, todo lo que l haba dicho pues era vlido, ni a m, ni a la cra, se nos dio la oportunidad de... volverla a ver (...) Se lo digo sinceramente me siento maltratada, pero no ya por mi ex marido, sino que me siento maltratada por un juez (...) Es como obcecacin, no le dice al gabinete psicosocial que si lo considera oportuno que vea a la nia, que le digan en un informe si la nia peligra conmigo, o sea... yo no s si usted ha visto la documentacin pero...

E. C. S.

M. D. En qu maltrato yo a mi hija? Adems, la sentencia de divorcio es... la vista fue machacadora y yo sal hundida, he tenido una depresin de muerte porque claro, es tremendo, a m me quita la guarda y custodia porque supuestamente segn l yo le quito la figura paterna, o sea la nia tiene muy claro, ella... a mi pareja le llama pap, pero ella tiene claro que su pap...

E. C. Claro.

M. D. (...) Mi intencin es recusar a este juez, porque adems se ha permitido y as ha salido en todos los medios de comunicacin, la familia de l me acusa a m, de que he sido yo la [culpable de lo que] le ha pasado... le han matado, literalmente, es que le han matado y la familia me acusa a m...

E. C. El ha muerto en extraas circunstancias dice usted?

M. D. S, al parecer, segn los medios de comunicacin, que es como yo me he enterado, -—observad como hay explicaciones no pedidas .... —ha fallecido porque le han matado en el garaje de su casa, entonces eh... la familia me acusa a m... Segn la sentencia, a l se lo iban a comunicar el 16 de marzo en concreto y sin embargo en los medios de comunicacin cuando l fallece, l fallece el da 14, en los medios de comunicacin ya saba el contenido de la sentencia.

E. C. Pero en qu mes fallece l?

M. D. Eh... cuando l fallece, que le matan, el ya saba el contenido de la sentencia.

E. C. Pero en qu fecha fallece l?

M. D. El 14.

E. C. El 14 de qu mes?

M. D. Marzo.

E. C. De marzo.

M. D. El juez ha permitido hasta el lujo de llamar a la otra parte y de comunicarle la sentencia con anterioridad a lo que hay establecido... pero es que la sentencia es muy clarita, lo pone as, no se va a comunicar hasta el da 23 salvo que el padre tenga la nia ya en su poder con anterioridad para evitar que yo pudiera cometer un secuestro con la nia y adems, si le soy sincera, yo, mi intencin era, si a me sala una sentencia de esas caractersticas, el haberme ido con la cra, lo tengo muy claro y no a apurar todas las vas hasta el Constitucional, irme a donde fuera, pero...hasta que no se esclareciera todo de ah a matar una persona pues es un poco... vamos.

E. C. Cundo a m manda sus documentos, esto, ya haba fallecido l?

M. D. No, ha sido con posterioridad.

E. C. Con posterioridad (...) Yo lo que iba a dar es el telfono de unas personas expertas en estas cosas, de la federacin de mujeres y le voy a dar el nombre de dos personas que hacen defensa jurdica y que adems hacen mucho apoyo no, por si...le interesan, no.

M. D. S, s [y toma nota de los nombres y nmeros de telfono].

E. C. Yo creo que ah le podrn aconsejar porque lleva muchos asuntos as y adems estn especializados en temas de mujeres.

M. D. Pues s que recurrir a ellas, porque yo la verdad lo estoy pasando fatal... Voy a agotar todas las vas pues ya de verdad nunca me he visto en una situacin de un juez as, me supera, me siento humillada.

E. C. Estas personas como llevan mucho estos temas y estn continuamente para informar no sobre el juez, sobre en fin... yo creo que le pueden ayudar mucho ah. Eh, si alguna vez va en amparo, pues ya me vuelve a llamar, pero yo creo que estas son las personas indicadas.

M. D. Vale, de acuerdo.

E. C. Mucho nimo y que todo le vaya muy bien.

M. D. Pues muchas gracias por su atencin y su tiempo, porque s que est muy liada.

E. C. De nada, yo lo que quiero es que no le puedo ayudar, lo siento mucho no poder hacerlo, pero espero que a travs de esta va.... Usted si quiere me vuelve a llamar por supuesto, pero que a travs de esta va, tenga alguna ayuda, eh, porque lo hacen muy bien. Son muy eficaces.

M. D. Muchas gracias.

La justicia es lenta, ineficaz, arbitraria, incoherente, discriminatoria con los acusados,
abusiva, en el uso de la prisión preventiva y depositaria de un poder excesivo.
Demoscopia 1995. El País