La vicepresidenta primera, María Teresa Fernández de la Vega, en
la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros (EFE/Emilio
Naranjo)
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes un Real Decreto por el que se modifica la regulación del Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica, para evitar que el maltratador pueda obtener beneficios directos o indirectos de su ex pareja.
Comunicación fluida
Para ello, dicho registro mantendrá una comunicación, al menos semanal, con los órganos competentes de la Seguridad Social y el ministerio de Economía y Hacienda, informándoles de las sentencias firmes condenatorias.
Se pretende que los condenados por violencia doméstica no obtengan beneficios de sus víctimas
Esta modificación busca impedir que aquellos condenados por un delito de homicidio o lesiones puedan acceder a algún tipo de pensiones o beneficios sociales derivados de su relación con la víctima.
Además, para garantizar el cumplimiento de las medidas de protección, se amplía el número de personas autorizadas para acceder al Registro Central para la Protección de las Víctimas.
Ocho nuevos tribunales
Se ha creado siguiendo criterios como el volumen de casos registrados
El Consejo de Ministros, dentro del Plan Nacional de Sensibilización y Prevención de la Violencia de Género, ha aprobada la creación de ocho nuevos juzgados exclusivos para hacer frente a la violencia contra la mujer.
La creación de estos nuevos juzgados se ha hecho atendiendo a criterios como la planta judicial, la existencia de dotación presupuestaria, el volumen de litigiosidad o la disponibilidad efectiva de locales; solo el coste de la ampliación de personal asciende a 786.962 euros.
Dentro de este Plan, se espera la creación de 43 nuevos juzgados de violencia sobre la mujer durante el año 2007.
¿Sabían los encuestados que en España se condena sin pruebas en cuestiones de género?. ¿Conocían el lado oscuro de la justicia española?.