INFORMES PERICIALES EN ASUNTOS DE FAMILIA
Crítica metodológica. Garantías para el usuario y propuestas para su mejora.
(Expert evaluation in family matters: methodlgical review, guaranties for
the users and proposals for their improvement.)
Julio Bronchal Cambra, psicólogo.
RESUMEN:
El presente trabajo pretende reflexionar sobre el estado de la práctica pericial psicológica en asuntos de familia en nuestro país, España. Se fundamenta en el análisis de sesenta y tres periciales familiares, no de parte, donde se dictamina sobre la atribución de la guarda y custodia a uno de los dos padres. Dichas periciales provienen de gabinetes psicosociales y del trabajo de psicólogos adscritos a los juzgados competentes en asuntos de familia en distintas provincias españolas (A Coruña, Alicante, Barcelona, Castellón, Girona, Huelva, León, Madrid, Málaga, Sevilla, Tarragona, Valencia y Vigo).
El artículo discute la utilización del dictamen psicológico como argumentación ideológica, utilización favorecida por la falta de rigor metodológico; reflexiona sobre la falta de garantías para el usuario de estos servicios periciales y acaba ofreciendo algunas ideas para la mejora de su rigor y de las garantías que deben acompañarlos. Finalmente se propone un nuevo papel mediador y de consejo, desde la perspectiva de la coparentalidad, para la práctica psicológica en los juzgados de familia.
The present article intends to reflect on the state of psychological evaluation practice in matters of family in our country, Spain. It is based on the analysis of sisty psychological reports, not privates, where is ruled on the attribution of the custody to one of the two parents. They are coming from different Spanish provinces (A Coruña, Alicante, Barcelona, Castellón, Girona, Huelva, Leon, Madrid, Málaga, Seville, Tarragona, Valencia and Vigo).
The article discusses the utilization of the psychological judgment as ideological alibi, utilization favored for lack of methodological rigor; reflect on the lack of guarantees for the users of these evaluation services and finishes offering some ideas for the improvement of their rigor and guarantees. Finally it is proposed a new mediating and counseling paper, from the perspective of joint custody, for psychological practice in the family courts.
PALABRAS CLAVE: custodia; custodia
compartida; divorcio; familia; lucha por la custodia; pericial
psicológica; separación.
KEYWORD: custody; custody litigation; family; joint custody;
psychological evaluation; divorce.
LOS INFORMES PERICIALES EN FAMILIA: ¿PSICOLOGÍA O IDEOLOGÍA?
Ante el difícil problema de qué hacer con los niños, cuando la pareja se separa, el juez precisa acudir a especialistas que le asesoren. Entendemos que este asunto del mejor interés del menor, del favor filli, reside en territorios bastante alejados de la formación curricular de los profesionales del derecho, ya sean estos jueces, fiscales o abogados; son estas razones las que, en un primer momento, explican porqué son invitados los psicólogos a participar en este asunto: en el reconocimiento de la complejidad del problema familiar está el origen de los psicólogos adscritos a los juzgados y de los gabinetes psicosociales que asesoran al estamento judicial.
Normalmente, en contextos judiciales de separación y divorcio, se solicita de unos expertos en comportamiento humano, que arriesguen un dictamen sobre cuál será la mejor situación relacional para un menor o menores cuyos padres se separan o ya se han separado.
Idealmente, estos técnicos darán una respuesta razonada a esta pregunta utilizando la ciencia y la mejor tecnología de la que se les supone expertos, teniendo como principio rector únicamente el bienestar del niño o niños implicados. Esta respuesta técnica, en forma de informe pericial, no determinará mecánicamente la decisión judicial pero será un elemento importante, muy a tener en cuenta, en la resolución a la que llegará el juzgador. Sin embargo, la experiencia nos dice que, lamentablemente, el trabajo efectuado por los peritos psicólogos adolece, en muchos casos, de falta de rigor y fundamento científico. Las respuestas que dan los gabinetes psicosociales a la cuestión de cuál será la mejor solución relacional para los menores tras la separación de los padres son muchas veces sencillamente arbitrarias o, en el peor de los casos, respuestas que nacen de prejuicios ideológicos y del seguimiento de sus inercias, meras justificaciones pseudocientíficas para acabar legitimando la retirada de la custodia a uno de los dos padres, custodia de la que ya gozaba de pleno derecho antes de la separación.
Es aquí donde interviene un cierto tipo de psicología que viene a ser utilizada como la coartada ideológica para argumentar "científicamente" la limitación de derechos filiales y parentales. Bien sabido es que la retirada de derechos al individuo debe ir justificada por su criminalización previa. La intervención psicológica no puede servir para justificar ideológicamente la supresión de derechos filiales y parentales argumentando la psicopatologización de los individuos. Dicha intervención no debe justificar que un niño no pueda disfrutar plenamente de sus dos progenitores y que algunas madres y, mayoritariamente, muchos padres, no puedan ejercer realmente como padres y madres de sus hijos.
Llegados a este punto, conviene recordar y afirmar dos derechos humanos fundamentales:
Sobre estas dos afirmaciones parecería haber, a priori, un amplio consenso, consenso que se expresa en convenios y tratados internacionales suscritos por nuestro propio país. No obstante, el análisis de la evidencia, de la realidad para miles y miles de niños y de sus progenitores, nos dice que estos dos derechos no sólo no son garantizados y amparados bajo el actual sistema de resolución de los conflictos familiares, en las separaciones y divorcios, sino que son sistemáticamente conculcados. La mala praxis psicológica tiene una gran responsabilidad en todo ello.
METODOLOGÍA DEL INFORME PSICOLÓGICO: ¿RIGOR Y CIENCIA O JUSTIFICACIÓN DEL SESGO?
Las críticas que, a nuestro modo de ver, pueden hacerse a los informes periciales psicológicos, en asuntos de resolución de custodias sobre los hijos, son las siguientes:
De igual manera deberían hacerse claramente explícitos aquellos criterios que no deben prejuzgar o pesar en la decisión aconsejada por el informe. Por ejemplo, ni la edad, ni el sexo de los hijos deberían tomarse en cuenta a la hora de optar por el padre o por la madre en la asignación de la custodia. Si al final, después de aparentar una investigación psicológica, las únicas razones que se esgrimen en el informe para la asignación de custodias son la edad y sexo de los niños y se encajan en ideas preconcebidas relacionados con el sexo de los progenitores, lo único evidente y acreditado es la inutilidad del trabajo previo y la existencia de arraigados prejuicios en el evaluador.
La exploración psicológica no puede convertirse para el usuario en un inapelable juicio paralelo sin ninguna garantía procesal. Vistos anteriormente los modos y métodos utilizados no es de extrañar que la intervención psicológica sea, en muchas ocasiones, un factor de amplificación del conflicto, un factor iatrogénico, en el delicado equilibrio de las dinámicas familiares; un factor generador de más problemas que los que pretende resolver.
¿PODEMOS MEJORAR LAS GARANTÍAS DEL USUARIO PARA DISFRUTAR DE UNA EXPLORACIÓN PSICOLÓGICA ECUÁNIME Y CIENTÍFICA? PROPUESTAS PARA EL DEBATE.
Además de las consideraciones críticas anteriores, valoramos como propuestas orientadas a mejorar la cientificidad del trabajo psicológico y las garantías para el usuario las siguientes:
Sería imprescindible que el técnico comunicara, a los usuarios, los criterios decisorios en los que fundamentará su dictamen y aquellos otros que no serán tenidos en cuenta. Debe hacerlode manera explícita y por escrito, previamente a la confección del informe pericial.
Creemos que las ideas anteriores trabajarían en favor de limitar la arbitrariedad, el papel de la ideología y los prejuicios en los informes periciales al tiempo que favorecerían la replicabilidad, la crítica y con ello elevarían el rigor y la cientificidad de los mismos.
RESPUESTAS CORRECTAS A PREGUNTAS EQUIVOCADAS: ¿EL MEJOR CUSTODIO O LO MEJOR PARA LOS HIJOS?
Sin embargo, todo lo apuntado anteriormente va orientado a encontrar unarespuesta probablemente correcta a una pregunta normalmente equivocada: tras la separación de los cónyuges, ¿Cuál es el mejor custodio de los hijos?
Toda la crítica y el esfuerzo metodológico anterior va encaminado a encontrar al progenitor más apto. Sin embargo, la asignación de la custodia al progenitor más apto no tiene que, ni suele coincidir, con la solución óptima para los menores cuyos padres se han divorciado o se van a divorciar. Posiblemente la solución correcta tiene mucho más que ver con favorecer las relaciones parento-filiales que con patrimonializarlas y restringirlas. La mejor solución está más próxima al significado de conservar que al de amputar. Siempre habrá un padre, de los dos, más competente que el otro, pero ello no justifica, de ninguna manera, la obstrucción efectiva de su función parental, ni que los hijos tengan que ser alejados de él. Metafóricamente: siempre tendré una mano más hábil que la otra, pero ello no implica que la más torpe me tenga que ser amputada.
Consecuentemente, proponemos un nuevo papel para la psicología en los juzgados de familia: ésta debe asesorar a los usuarios y a los profesionales de la justicia para que queden garantizados los dos derechos humanos fundamentales señalados en el principio del artículo:
Resumiendo, nuestra propuesta consiste en reconvertir el trabajo psicológico en los juzgados de familia, de una labor de discriminación de facultades a otra de mediación, asesoramiento y resolución de problemas coparentales. Bajo este prisma, los psicólogos deberían, en todo caso, ayudar a los padres en conflicto a encontrar, desde la filosofía de la custodia compartida, las soluciones mejor adaptadas al grupo familiar concreto que les consulta. Este nuevo propósito nos parece más cercano a los fines de la psicología profesional, al nivel de conocimientos científicos actuales y más acorde con los requisitos deontológicos de la práctica psicológica.
No sólo es que la psicología deba abandonar los escenarios donde se la tienta a jugar un papel ideológico, sino que el bienestar actual de miles y miles de niños exige una profunda e inmediata revisión crítica de lo que ha venido haciéndose durante décadas en el campo de las periciales psicológicas en asuntos de familia.
¿Sabían los encuestados que en España se condena sin pruebas en cuestiones de género?. ¿Conocían el lado oscuro de la justicia española?.