Consecuencias de la ausencia del padre varón en los hijos.

Julio Bronchal nos habla del riesgo que conlleva para los menores la falta de la figura parental. Este riesgo vulnera el derecho a la integridad moral

Julio Bronchal nos regaló, hace ya mucho, este trabajo, del que quizás, los legos en la materia, como el que escribe, no supo, en su momento, valorar el alcance y relevancia de su trabajo, y que se pone de manifiesto a la luz de la STC 221/2002.

Este es el estudio actualizado.

Si lo leéis con calma, se argumentan los daños psicológicos que se inflige al menor con la separación del padre. Este trabajo no se basa sólo en la experiencia de Julio, sino que incorpora un gran aluvión de datos y referencias contrastables. Pues bien, esto tiene una gran relevancia para aquellos que decidan proceder contra la Administración por daño moral, ya que evidencia la situación de riesgo que se produce con la practica perversa de cercenar la relación padre - hijo, condición necesaria para poder pedir la compensación por ese daño moral.

Debe tenerse en cuenta, por otra parte, que para poder apreciar la vulneración del art. 15 CE aducida no es preciso que la lesión de la integridad moral se haya consumado, sino que a efectos de que el derecho invocado se estime lesionado basta con que exista un riesgo relevante de que la lesión pueda llegar a producirse (en este sentido SSTC 35/1996, de 11 de marzo, FJ 1; 207/1996, de 16 de diciembre, FJ 2; 5/2002, de 14 de enero, FJ 4). Dice el Tribunal Constitucional en su STC 221/2002, de 25 de noviembre de 2002, FJ 4

Concluye el trabajo de Julio con la siguiente frase:

"... cuando, sin una razón muy fundamentada, se aleja a un padre, parentalmente competente, de sus hijos, se priva a los mismos de un recurso imprescindible para la construcción armónica de su propia personalidad y se le expone a un grave riesgo para su sano ajuste psicológico y social."

Aquí tenéis pues otra vía jurídica para reclamar a la Administración por las troperías que hace en las causas de divorcio. No olvidéis el estudio de Arce, que ahonda en las causas de esta tropería que es la falta de motivación, tropería que es reconocida por la propia ley del divorcio en su preámbulo. La actividad probatoria queda resuelta con tanta evidencia.

Ahora sólo queda que los valientes padres que nos quejamos de lo que nos hacen, actuemos.

Cualquier laguna o error jurídico, por favor hacédnoslo saber para corregirlo. Julio sabe cómo hacer un informe para acreditar daño moral y ganarlo. ¡¡Ya lo ha hecho!! en un caso mucho más complicado.

  • El 48 por ciento de los españoles considera que la Administración de Justicia funciona "mal o muy mal"
  • El 30 por ciento considera que "funciona peor que hace dos o tres años"
  • Seis de cada diez ciudadanos considera que la Justicia está anticuada
  • Siete de cada diez consideran que es muy lenta y que las sentencias no se ejecutan con eficacia
  • Un 49 por ciento de la ciudadanía no cree que los tribunales sean imparciales en su actuación
  • El 54 por ciento de los españoles creen que, a la hora de enjuiciar un caso y dictar sentencia, "los jueces no suelen actuar con total independencia"

II Barómetro de la Justicia de la Fundación Wolters Kluwer. El barómetro. En prensa

¿Sabían los encuestados que en España se condena sin pruebas en cuestiones de género?. ¿Conocían el lado oscuro de la justicia española?.