El avance en la ingeniería de género, consigue la castración judicial de género de un concejal varón.
Análisis de los elementos de la ingeniería de género que permiten condenar a una persona por maltrato sea culpable o no
La peor forma de injusticia es la justicia simulada. Platón.
La reciente sentencia de género del Juzgado de Sevilla, evidencia los recientes avances jurídicos en cuestiones de género.
El primer aspecto a considerar es la anticipación de la prensa a la notifiación de la sentencia. En efecto Tele5 adelantaba el 30 de Noviembre, que el concejal había sido condenado a más de dos años de prisión por maltrato continuado, cuando el propio condenado fue notificado el 4 de Diciembre. También podéis ver las reseñas periodísticas de los siguientes periodicos: en El Pais, infomoron, Andalucía 24 horas, Canal Sur, Sevilla Independiente y Yahoo. Como contraste, aquí tenéis copia del original con la fecha de la notificación: 4 de Diciembre de 2006:
Según la misma prensa, la abogada de la acusación particular Amparo Díaz, junto con la diligencia de los periodistas, ha permitido que todos los ciudadanos nos enteremos antes que el propio condenado de su sentencia.
Otro avance de esta peculiar ingeniería ha sido conseguir que, mientras los familiares de la mujer obtienen toda la credibilidad de SSª, a pesar de ser familiares, los del hombre carezcan de esa misma credibilidad. En el caso del varón, dice SSª, que carecen de credibilidad dependiendo de la relación que tienen con él. Los que no eran familiares porque no había una relación de amistad muy cercana que le permitiera conocer bien su entorno familiar, y los que eran familiares porque, lógicamente, querían favorecerle a diferencia de lo que ocurriá con los de la mujer, que parece que carecían de esa intencionalidad. La capacidad de leer la mente, resulta fundamental para este tipo de discriminación. Había otro grupo, entre los que estaba el padre del condenado, que carecía de credibilidad porque la relación con él condenado era muy ocasional.
Este innovador avance en la ingeniería de género, indicaría que por fin en nuestro país se recupera de nuevo la práctica de la prueba diabólica (forma de probar del diablo, según la terminología inglesa), y que permitió, en tiempos de la Santa Inquisición, librar a la humanidad de un gran número de brujas malévolas. Estas, las brujas, eran acusadas de practicar la brujería por gente que les “conocía” bien, y luego éstas, como era de esperar, no podían demostrar lo contrario, pues por muchos testigos que preentaran, éstos no podían saber lo que hacía cuando no les veían, y ¡¡¿quién sabe?!!.
En este caso, SSª, adquiere la convicción de que el concejal varón era muy agresivo, gracias a los incuestionables testimonios generalistas del entorno materno, que detectaron rasgos agresivos en él a través de un profundo estudio que le hicieron a lo largo de los años de convivencia, y todo ello, a pesar de que el hombre presentó muchos más testigos que manifestaban lo contrario, pero claro, como estos no podían estar todo el tiempo con el varón concejal, ¿cómo podían saber que no maltrataba cuando ellos no estaban?. Esta es la virtud de la prueba diabólica, ya que deja indefensos a los terribles maltratadores varones, y permite dar toda la credibilidad a las féminas víctimas, tal como ya adelantaba la Ley Ley Integral de Violencia de Género, en cuyo artículo 1, retrata al varón como un ser que ejerce la violencia como consecuencia del dominio ancestral que ejerce sobre la mujer, limitando el uso de la violencia a este único supuesto, debido al carácter Orgánico de dicha Ley, lo que sin duda le coloca por encima de cualquier evidencia contraria a dicho principio fundamentalista.
Sin duda la prueba diabólica, usada de una forma suficientemente creativa, consigue condenar a cualquier varón acusado de maltrato. La única limitación que presenta esta técnia, reside en la petición de condena del fiscal y de la mujer, que no puede ser superada por el juez.
Otro gran avance se ha desarrollado en el terreno de la “sana crítica” del juez magistrado, que hace un razonamiento digno de la más profunda y sosegada reflexión intelectual de género. Después de ser explicado el fundamento técnico en el que se basa el funcionamiento del polígrafo, consistente en medir las alteraciones fisiológicas provocadas por la reacción del sistema nervioso parasimpático en el ritmo del corazón, tensión sanguíena, respuesta galvánica de la piel, cadencia respiratoria, etc., que supuestamente se produce al mentir, SSª llega a la sana conclusión de que el hecho de que el concejal varón pudiera presentar la prueba, de parte, sólo en el caso de que le fuera favorable, le colocaba en unas condiciones emocionales tales, que bien le permitíría pasar la prueba engañando a tan sofisticado gadget, y por lo tanto, bien hubiera podido arrojar dudas infundadas sobre su clara culpabilidad, lo que hubiera manchado tan impecable y pura fundamentación, enturbiando así una condena limpia e incuestionable, lo que sin duda, de confirmarse por la Audiencia Provincial, podrá trascender este caso y sentar un precedente que permitirá ahorrar esfuerzo en investigar medios fiables para determinar la credibilidad del testimonio.
Si SSª mostró una gran creatividad en la construcción argumental comentada hasta ahora, sin duda, se superó al evidenciar judicialmente la inseguridad que conlleva, a veces, el razonamiento científico. En efecto, SSª informado de que la tasa de error del polígrafo es muy baja y por ello muy fiable, para condenar a José Luís, supo superar la barrera argumental que implicaba que dicho artilugio probara que decía la verdad, y por lo tanto que era inocente. La pericia consiste en advertir que dicha tasa de error, tal como ocurre con la prueba de ADN, demuestra que no es infalible, mientras que el testimonio de los familiares maternos, debido a la ausencia de tasa de error nada dice sobre su posible falsedad. que habría que demostrar, lo que le permite evidenciar que el testimonio materno y de su entorno es mucho más fiable que el del polígrafo, con lo que desacreditados los resultados del polígrafo que evidenciaba que la madre y su entorno mentían, dejaba el camino libre para la condena.
Lo bueno de esta forma de razonar, es que permite evitar gastos innecesarios a la sociedad para avanzar en la mejora de las técnicas que permiten analizar la credibilidad del testimonio, y evitar así encarcelar a hombres inocentes, ya que demuestra el escaso valor judicial del conocimiento científico en estos casos, pues cualquier praxis que aspire a serlo, ha de tener asociada a sus afirmaciones una tasa de error, inevitablemente, lo que a juicio de SSª, le invalida como evidencia jurídica. Este razonamiento permite hacer prevalecer el testimonio de una madre frente a la cara prueba del ADN, o la apreciación de un agente de tráfico frente a la medida de velocidad de los radares de la Dirección General de Tráfico, o el resultado del alcoholímetro en las pruebas de alcoholemia, y un largo etc.
El pensamiento jurídico así argumentado, ha evidenciado lo que ya muchas feministas de género sabían: que cualquier prueba científica ha de ceder frente a la evidencia de que no hay nada tan incuestionable como el testimonio de una madre, tal como asume el principio fundamentalista de género cuando establece el carácter unidireccional de la violencia del hombre sobre la mujer, que ocurre cada vez que esta así lo manifiesta.
Además debe de tenerse en cuenta la simplificación que introduce este pensamiento jurídico en los proceso judiciales ya que con el testimonio de una mujer se hace innecesarias pruebas como el ADN, inversiones en rádares, médicos forenses, peritos, etc., ¡pues para lo que sirven!. Esta agilación coincide con el interés del CGPJ de aumentar el rendimiento de jueces y magistrados, bajando la dedicación record a diligencias previas por debajo de los cinco minutos. Sin duda si se quedara en 15 segundos, sería un logro sin precedentes.
Estos avances en la ingeniería de género, pueden tener implicaciones directas en los resultados de los casos de filiación, ya que al custionar otros avances de la ingeniería genética, y en concreto en las pruebas de ADN que, aún siendo muy fiables, no pueden dar una certidumbre del 100%, lo que deja un margen, mínimo, pero margen para el error. En cambio si se aplica el criterio de que el testimonio de la mujer debe de prevalecer por carecer de tasa de error y como además la mujer siempre está presente en el momento de la concepción, y aprovechando que nadie le cuestiona la maternidad, las cosas se simplifican.
De esta forma, si esta doctrina se consolida, se acortarán los procesos de filiación, pues bastaría con preguntarle a la mujer, testigo directo reconocido, y se ahorraría, además, una gran cantidad de dinero al evitar las costosas pruebas.
En fin, habrá que ver como acaban las valoraciones de jueces y magistrados sobre el carácter científico de estas pruebas, ya que pueden afectar muy seriamente el resultado de las sentencias. Mientras tanto, en EE.UU, siguen empeñados en emplear el Daubert Standard, para determinar qué pruebas periciales cumplen y cuáles no con el criterio del carácter científico que se le supone, y donde la existencia de una tasa de error, a diferencia de lo que ocurre con esta sentencia, es una cuestión básica para que pueda ser creíble, lo que puede dar al sistema judicial español una ventaja competitiva sostenible, de generalizarse esta práctica, ya que ese menor coste y mayor rapidez de los procesos judiciales en temas de género y de filiación permitirá llevar esta clase de Justicia a todos los sectores de la población, y que de momento se libran de ella.
Estos avances de género basados en el principio fundamentalista de la violencia del hombre sobre la mujer consagrado ideológicamente en la Ley Integral de Violencia de Género, además de cuestionar otras áreas judiciales, permite confirmar dicho principio, lo que a su vez confirma el carácter profético de las creencias sociales, por muchas críticas de sectores reaccionarios qué genero, a lo que, otros consideran un gran avance progresista y de liberación femenina.
Prueba diabólica, discriminación por razones de nacimiento y en general la ideología fundamentalista de género nos acerca a la esencia de los estados de corte totalitario donde algunos ciudadanos, en beneficio de la mayoría, lo mejor que puede hacer era dejar de existir, para su propia tranquilidad. Quizás por eso a los hombres separados y divorciados les esté dando por suicidarse, tal como le ha ocurrido a un sobrino de nuestra jueza predilecta Raimunda de Peñafort. ¡¡Todo un contraste!!.
Suicidios en situación de divorcio. INE
Año |
Mujeres |
Hombres |
Personas |
||
1999 |
17 |
72 |
89 |
||
2005 |
89 |
638 |
727(1) |
||
(1) Alternativa avssiva frente a la práctica fundamentalista de Género.
La justicia es lenta, ineficaz, arbitraria,
incoherente, discriminatoria con los acusados,
abusiva, en el uso de la prisión preventiva y depositaria de un poder
excesivo.
Demoscopia 1995. El País
Última actualización: 04.03.2007