Secuestrado Emocionalmente

Jueces clarividentes

Aunque parezca imposible, parece que la clarividencia de algunos jueces es la única base para quebrar la presunción de inocencia. Como esa capacidad es intransferible y parece que altamente valorada, no permite ser revisada por el tribunal superior

Una nueva hornada de jueces clarividentes acceden a la juzgados y tribunales, no sólo porque son capaces de leer en la mente de las personas sus intenciones más íntimas, sino porque son capaces de saber quien miente y quien no, sólo con interpretar el movimiento de su cuerpo.

Estas habilidades no parece que sean transmisibles, ni conocidas por ellos mismos, puesto que no son capaces de narrarlas. Mirad lo que dice el Tribunal Supremo sobre esta facultad paranormal cuando afirma que el juez “a quo” lo sabe mejor, aunque no sabe expresar por qué, lo que le confiere una capacidad irracional de tipo paranormal. En concreto, la sentencia 728/2005 del TS, Sala de lo Penal, Sección 1 de 9 de Junio de 2005, en el fundamento jurídico segundo dice textualmente:

En este punto es reiterada la orientación jurisprudencial de esta Sala que recuerda "que en las pruebas de índole subjetiva, como son las declaraciones de los denunciados y testigos, es determinante el principio de inmediación y, por ello, es el juzgador de instancia quien se halla en condiciones óptimas para decidir sobre la credibilidad que ha de darse a lo oído y visto en el juicio oral, pues cuando el medio de prueba es una persona, la convicción judicial se forma también por los gestos , expresión facial , tono de voz, firmeza, duda en las manifestaciones, inseguridad o incoherencia en las mismas, a tenor de lo dispuesto en el art. 741 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , y cuando en el acto del juicio oral se producen varias declaraciones, la determinación de cual es la verdadera depende claramente de la inmediación con la que esta prueba es recibida por el juzgador que la preside". El Tribunal de instancia puede ofrecer primarios argumentos, pero la razón última por la que un testimonio le merece plena credibilidad no siempre se puede explicar fácilmente. En cualquier caso se halla indisolublemente unido a la insustituible inmediación, que con ocasión del juicio oral ofrece una visión de conjunto de todas las declaraciones emitidas, hasta entonces transitorias, y que en dicho acto el juzgador ha de realizar un juicio de discernimiento sobre la virtualidad convictiva de las probanzas habidas. El propio art. 715 L.E.Cr. sólo permite proceder por falso testimonio cuando éste se emite en el juicio oral.

Como veis los jueces de primera instancia poseen capacidades que ni ellos saben narrar. Hay que tener en cuenta que de los estudios experimentales realizados sobre la capacidad de detección de la mentira mediante el lenguaje corporal en el resto de los mortales según narra Aldert Vrij, en su libro “Detecting Lies an Deceit. The Psychology of Lying and the Implications for Profesional Practice”, limitan la fiabilidad de detección a un margen que va entre un 45% y un 60% frente al 50% de una moneda lanzada al aire.

Dice la Seccion decimoquinta de la Audiencia Provincial:

Las primeras aparecen constituidas por los datos probatorios estrechamente ligados a la inmediación: lenguaje gestual del testigo, del acusado o del perito; expresividad en sus manifestaciones; nerviosismo o azoramiento en las declaraciones; titubeo o contundencia en las respuestas; rectificaciones o linealidad en su exposición; tono de voz y tiempos de silencio; capacidad narrativa o explicativa, etc.

Como veis, nuestros jueces dictan sentencias basándose en los gestos, el nerviosismo, todo de voz ... porque con eso, ellos no necesitan más pruebas. Saben muy bien quien miente y quien dice la verdad. Los del CSI y todos la policía científica se quedarán sin trabajo. Es más, ¿para que se molesta en las pruebas de ADN?, con la infabilidad de nuestros jueces analizando el lenguaje corporal, parecen innecesarias.

Quizás por eso, algunas autollamadas feministas, que en realidad son más bien reaccionarias de género, aprovechando tanta clarividiecia, aprovechen la ayuda que les ofrece el Conejo General del Poder Judicial, para enseñar a los jueces y magistrados, desde el Servicio de Formación de Jueces del Consejo Genral Poder Judicial, el inexistente lenguaje corporal de mujeres supuestamente "maltratadas", o quizás como le puedan enseñar a estas supuestas mujeres maltratadas, a comportarse en los juicios, para que. a los jueces clarividentes, se les encienda la lucecita de la prueba inequévoca que identifica el maltrato.

Como veréis el feminismo reaccionario no pierde el tiempo, y sabe lo que tiene que hacer para obtener las condenas de maltrato en cantidades industriales, y garantizarse así que el lucrativo negocio continue engrasado. Como veréis serán muchas cosas, pero de tontas no tienen nin un pelo.

Lo cierto es que con esto, jaimito deberá de estar preocupado, pues los jueces parecen que amenazan las habilidades creativas de este incansable personaje.

Lo cierto es que con esa capacidad reconocida en la doctrina del Tribunal Supremo, y por lo tanto incuestionable, no se entiende que estos jueces no dediquen su capacidad a otras actividades más lucrativas, pues hay muchos empresarios dispuestos a pagar grandes fortunas por este tipo de capacidades paranormales.

Dado que este tipo de capacidad / habilidad no se cuestiona en la segunda instancia (apelación), se vulnera así el derecho a la doble instancia, que como se sabe, España se ha aficionado a vulnerarlo de múltiples formas, y por ello ya ha sido condenada, también en varias ocasiones.

 

La justicia es lenta, ineficaz, arbitraria, incoherente, discriminatoria con los acusados,
abusiva, en el uso de la prisión preventiva y depositaria de un poder excesivo.
Demoscopia 1995. El País

Última actualización: 05.12.2007