Propuesta para petición de garantías frente a las periciales psicosociales de los equipo adscritos a los Juzgados de Familia.

A la hora de afrontar una prueba pericial, os aconsejamos que ayudéis a la Justicia, aunque sea con la oposición del juez, a presevar, en vuestros procesos, los derechos fundamentales reconocidos en la Constitución Española.

La denegación de alguno de los puntos, haría incurrir al juzgado o al tribunal, en vulneración de derechos Constitucionales y, por lo tanto, recurribles en amparo ante el Tribunal Constitucional, siempre que se haya recurrido la denegación o formulado la protesta.

El bien jurídico a preservar es el bien supremo del menor, al que hay que consultar a partir de los 5 años, para no vulnerar la doctrina del Tribunal Constitucional. Los derechos que tenéis que invocar como vulnerados si no se respetan vuestras peticiones son el derecho a la integridad moral de los menores y el derecho a un proceso con las debidas garantías.

Las recomendaciones son:

  1. Aseguraros que el objeto de la pericia contempla todas las opciones de custodia. La no inclusión de la opción de la custodia compartida vulneraría el derecho a la integridad moral del menor y del principio de decidir en base al bien supremo del menor. El objeto de la pericia suele ser valorar cual es el mejor progenitor.
  2. Solicitar la homologación del profesional por parte del Colegio Oficial de Psicólogos. Esta es la única institución con capacidad legal para garantizar la salvaguarda de los derechos fundamentales expuestos al ejercicio de la psicología.
  3. Solicitar que se garantice que el psicólogo cumple con los criterios del Colegio Oficial de Psicólogos, que exige ser experto en alienación parental. La condición de experto ha de exigirse que esté avalada por el Colegio Oficial de Psicólogos.
  4. Exigir que os entreguen con antelación los criterios decisorios sobre custodias. No tienen ni idea de que existen y son estos (aquí en castellano, aunque no muy bien traducidos).
  5. Exigir que os entreguen los protocolos de actuación. No los tienen, aunque están obligados a los de la APA.
  6. Solicitar expresamente que os den todos los datos crudos y los elaborados de las pruebas realizadas, así como las grabaciones de todo lo dicho por todas las partes, incluidos vuestros hijos, lo que os obligará a solicitarlo formalmente (por escrito) con antelación a la prueba pericial.
  7. Solicitad que se acredite la condición médico - sanitaria de los intervinientes.
  8. Solicitad que participe un psicólogo de vuestra parte con el fin de garantizar el correcto ejercicio de la Psicología y poder mejorar la calidad de la pericial.
  9. Todo esto ha de solicitarse por escrito y ante la previsión de que os lo denieguen, debéis de interponer el correspondiente recurso de reposición o protesta, si es en vista. No hacerlo así invalida la opción de recursos posteriores.
  10. Nunca hagáis nada con lápiz. Siempre bolígrafo.
  11. Grabad la sesión con una grabadora de estas digitales de MP. No hacen ruido, se camuflan fácilmente y son totalmente legales. El psicólogo que os hace la pericial suele ser irreconocible con el que hace el informe y acude a la ratificación.

Una vez realizado el informe:

  1. Todas las afirmaciones que hagan han de ser objetivadas (hacer constar los tests que acreditan la afirmación) y han de aparecer en el informe. Por ejemplo el niño tiene miedo al padre. De donde ha obtenido esa valoración y que instrumento ha empleado para llegar a esa conclusión.
  2. Todas las afirmaciones tiene que estar seguidas de una valoración del grado de certidumbre máximo atribuible, y cómo se han obtenido.
  3. El informe ha de estar acompañado de los datos crudos y de los datos elaborados de las pruebas pasadas.
  4. Comprobad que junto con el psicólogo no aparece la firma de otras profesiones, como el trabajador social. La firma conjunta vulneraría el artículo 21 del Código Deontológico.
  5. Verificad que están colegiados pidiendo el nº de colegiado y que acrediten si cumplen con la condición médico - sanitario. Según la LOPS del 2003, requiere de los psicólogos el PIR.

Aunque no lo creáis, no suelen cumplir con ninguno de los 14 puntos. Algunos están colegiados y ahí acaba todo.

Es fundamental que cuando os lo denieguen, protestéis o recurráis según el caso, para luego poder alegar las vulneraciones constitucionales

 

 

  • El 48 por ciento de los españoles considera que la Administración de Justicia funciona "mal o muy mal"
  • El 30 por ciento considera que "funciona peor que hace dos o tres años"
  • Seis de cada diez ciudadanos considera que la Justicia está anticuada
  • Siete de cada diez consideran que es muy lenta y que las sentencias no se ejecutan con eficacia
  • Un 49 por ciento de la ciudadanía no cree que los tribunales sean imparciales en su actuación
  • El 54 por ciento de los españoles creen que, a la hora de enjuiciar un caso y dictar sentencia, "los jueces no suelen actuar con total independencia"

II Barómetro de la Justicia de la Fundación Wolters Kluwer. El barómetro. En prensa

¿Sabían los encuestados que en España se condena sin pruebas en cuestiones de género?. ¿Conocían el lado oscuro de la justicia española?.